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Seguro de Vida

Una póliza que cubre el riesgo de muerte, supervivencia e incapacidad. Cubriendo riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad o salud de las personas.

Cobertura del seguro

Ampara a todos los beneficiarios de crédito otorgado por el Fondo Nacional del Ahorro para vivienda, ya sea por Ahorro voluntario o por Cesantías, incluyendo los casos en los que la financiación se hace en cabeza de dos personas (créditos conjuntos). Este seguro cubre el saldo que tengas a la fecha en el momento en que ocurra un suceso (fallecimiento, enfermedad grave, incapacidad total y permanente).

Eventos Cubiertos

El seguro cubre los siguientes eventos

Muerte por cualquier causa

Sin importar las circunstancias del fallecimiento

Incapacidad total y permanente

Certificada por entidad competente

Enfermedades graves

Diagnóstico certificado por profesional de la salud

Supervivencia del crédito

Al finalizar el plazo del crédito

Eventos NO Cubiertos

Exclusiones de la póliza de seguro

Actos intencionales del asegurado

Daños autoinfligidos o suicidio dentro del periodo de exclusión

Guerra civil o internacional

Conflictos armados y actos de guerra

Enfermedades preexistentes no declaradas

Condiciones médicas existentes antes de la póliza

Actividades de alto riesgo no autorizadas

Deportes extremos sin notificación previa

Documentos requeridos según tipo de reclamación

Documentos para: Muerte

Reclamación formal con oficio debidamente suscrito por el afiliado o los beneficiarios, donde se informe la ocurrencia de los hechos los datos personales del afiliado, teléfono y dirección para envío de correspondencia.

Fotocopia del documento de identidad.

Copia autenticada del Registro Civil de Defunción expedido por autoridad competente.

Envía tu reclamación

Correo electrónico

[email protected]

Puntos de atención

En cualquier punto de atención a nivel nacional

Información importante

  • Debes realizar este trámite dentro de los dos años contados a partir de la fecha en la que ocurrió el suceso (fallecimiento, incapacidad total o enfermedad grave).

  • Puedes contratar con otra aseguradora las pólizas de Incendio o Terremoto y de Vida, de manera independiente (siempre que las condiciones del seguro sean, cuando menos iguales a aquellas plasmadas en el pliego de condiciones de licitación), de conformidad con lo establecido en el artículo 3.26.2.5 del Decreto 2555 de 2010 y en los numerales 1.2.2 y 1.3.1 del Capítulo I, Título III, Parte I de la Circular Básica Jurídica (C.E. 029 de 2014).

  • El término para definición del siniestro por parte de la aseguradora así como el pago de este, se efectúa dentro del mes siguiente a partir de la presentación completa de los documentos de conformidad con lo establecido en el Código de Comercio Art. 1080 y Art. 1077.

  • La información anterior es general por lo que la documentación requerida para el trámite de la reclamación podrá variar de acuerdo con las condiciones particulares del suceso presentado, precisando igualmente que las coberturas pueden variar durante la vigencia del crédito.

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Calle 12 # 65 - 11, Puente Aranda, Bogotá - Colombia

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Teléfono: 601 307 7070

Línea gratuita nacional: 01 8000 52 7070 o desde tu celular gratis al #289 para operadores móviles

Línea de legalización: 01 8000 23 3362

Línea de anticorrupción: 01 8000 112669 - 601 420 1686

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19 de enero de 2026

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