Fallecimiento del Afiliado
Recuerda que esta documentación es adicional a la documentación obligatoria requerida para el retiro.
Pasos a seguir
- Solicita el formulario en los Puntos de Atención Fondo Nacional del Ahorro S.A. a nivel nacional o en nuestro Fondo en Línea
- Radica la documentación en cualquiera de nuestros Puntos de Atención
Documentación requerida
Seleccione el parentesco con el afiliado fallecido para conocer los documentos requeridos:
Documentos requeridos
Formulario de Solicitud de Retiro de Cesantías. Formato original, debidamente diligenciado (en las casillas según el caso), sin tachones ni enmendaduras, con firma y huella del beneficiario que presenta la solicitud.
Documento de identidad. (Cédula, tarjeta de identidad, cédula de extranjería o pasaporte con visa vigente). Fotocopia por ambas caras del consumidor financiero fallecido y de los beneficiarios.
Registro Civil de Defunción. Copia del documento expedido por notaría del documento original.
Declaración extrajuicio. Documento original. Información sumaria de dos (2) testigos (ajenos a la familia) con reconocimiento de firma que acrediten quiénes son los únicos beneficiarios, declarándolos por su documento de identidad y nombres precisos.
Oficio de solicitud de aviso de publicación de edictos. Cuando el consumidor financiero fallecido no tenga vínculo laboral vigente, el beneficiario deberá aportar oficio informando dicha situación.
Avisos (Edictos) Art. 212 C.S.T. Publicaciones por periódico, radio o edicto municipal acreditando la difusión.
Certificación bancaria y/o autorización de pago por ventanilla. Con fecha de expedición no mayor o igual a 30 días, con número de cuenta o autorización de giro.
Declaración de herederos. Original de documento autenticado en notaría, por cada uno de los beneficiarios o un solo documento con firma de cada uno de los solicitantes, bajo gravedad de juramento.
Registro civil de nacimiento de los hijos. Copia auténtica del documento que corresponda según el caso. Para los nacidos antes del 15 de junio de 1938 se requiere partida eclesiástica de bautizo; registro civil si después.
Nota: Cuando se presenten casos de hijos menores de edad que estén en custodia de personas diferentes a sus padres, deberán anexar acta de conciliación ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Comisaría de familia o sentencia judicial o por autoridad competente que indique quién ejerce la custodia del menor.
Documentación adicional en caso de:
Cuentas con embargos (Oficio)
Oficio original o fotocopia no mayor a 90 días emitido por entidad judicial o entidad pública dirigido al FNA, el cual debe contener: número del proceso, nombre completo, tipo de documento y número de identificación del consumidor financiero demandado y del demandante, indicando el levantamiento o modificación de la medida cautelar sobre las cesantías, prestaciones sociales y/o demás emolumentos.Cuentas con pignoración externa
Certificación en original emitida por cooperativa o fondo de empleados que solicite de manera expresa la DESPIGNORACIÓN de las cesantías, a favor del Consumidor Financiero fallecido con su identificación.Crédito hipotecario y/o educativo por cesantías Fondo Nacional del Ahorro S.A.
Certificación original expedida por el Fondo Nacional del Ahorro S.A. la cual certifique que el Consumidor Financiero fallecido se encuentra a paz y salvo por todo concepto.
Recuerda que
- 1
En el momento de radicar los documentos de la solicitud, deberá presentar su documento de identificación en original.
- 2
El cumplimiento total del diligenciamiento y entrega de la documentación permitirá efectuar el análisis y trámite de su solicitud de forma ágil y disponer de una respuesta oportuna y eficiente.
- 3
Para los trámites de retiros de cesantías, los documentos se recepcionarán en el Fondo Nacional del Ahorro S.A. un mes después de la publicación del segundo aviso de edictos.
- 4
Recuerde que la fecha de generación de los documentos autenticados no puede ser mayor de 3 meses al momento de la radicación.
- 5
Si el saldo de cesantías es igual o mayor a 50 veces el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV) se hará necesario para su entrega, sentencia o escritura pública del juicio de sucesión y la distribución se hará de conformidad con lo estipulado en la misma.
- 6
Por política interna el Fondo Nacional del Ahorro S.A. establece 45 días hábiles para ejecutar el pago de las cesantías y/o AVC, contados al día siguiente de la radicación del trámite en el sistema de información de la entidad y se haya dado cumplimiento a los requisitos señalados en la LISTA DE DOCUMENTOS SOLICITUD RETIRO CESANTÍAS Y/O AVC AFILIADO FALLECIDO(S).


